La atribulada “Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible”, dedica completo,
a la “Mejora de la calidad de la
regulación”, el 1º de sus capítulos, del 1º de sus Títulos, el que abre la
Ley, el destinado a la mejora del
entorno económico. De esta disposición, aún hoy vigente, a cuyos útiles y acertados contenidos nos remitimos, habríamos
de tomar buena parte de las sugerencias que nos suscita el avance conocido, por
el alcance de las alteraciones, formales y de articulación de las regulaciones
urbanísticas municipales, que la revisión de la ordenación general en curso, se
propone efectuar, afirmando y presumiendo, más que justificando, los beneficios
de tan elevado y extenso número de cambios como se propone introducir, frente a
las virtudes de los bagajes asentados y contrastados, la estabilidad,
predecibilidad, continuidad y constancia de los marcos normativos. Sirva como
ilustración y ejemplo el primero de sus párrafos.
Artículo 4. Principios de buena regulación
aplicables a las iniciativas normativas de las Administraciones Públicas
1. En el ejercicio de la iniciativa
normativa, el conjunto de las Administraciones Públicas actuará de acuerdo con
los principios de necesidad,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, accesibilidad, simplicidad
y eficacia. En la iniciativa normativa quedará suficientemente justificada la adecuación a dichos
principios.
Estabilidad
La forma, estructura, articulación, léxicos y
contenidos de la norma de 1997 a revisar, que prolongan, en una trayectoria
estable, cercana a los 30 años, la de 1985, que es su fuente y antecedente, han
sido modelo, y objeto de emulación, guía y copia literal, por multitud de
regulaciones municipales, generales y
pormenorizadas.
Las antecedentes municipales, consolidadas por las
prácticas válidas de años de aplicación, y las disposiciones estatales y
autonómicas han de ser fuentes léxicas a respetar, aplicar, extender,
consolidar y estabilizar.
Estrés Normativo
La profusión de regulaciones, códigos y normativas, y
la intensidad y frecuencia de sus renovaciones y actualizaciones, incluso con
innecesarias novaciones terminológicas, vienen elevando los esfuerzos para su
conocimiento y los riesgos de su desconocimiento, sometiendo a usuarios,
ciudadanos y profesionales, a un estrés de utilización que habría de
encontrarse contundentemente compensado por los beneficios que los cambios
incorporen, y la potencia de las herramientas de consulta.
Formatos Digitales y Telemáticos
La edición de normas que presente el
Avance, en 2013, cabe esperarla en formatos de “texto digital”, hipertexto y
multidocumento, con sus potenciales, más o menos aplicados o desarrollados.
Incluso para las vigentes que se
revisan, los años de vigencia que resten y los posteriores de vigencia en
ámbitos incorporados y como antecedentes, merecen disponer de una auténtica
edición de texto digital. Es verdaderamente barato y extremadamente eficiente y
competitivo.
Los indexados de búsqueda, sumarios de
acceso, accesos temáticos, marcadores y localizadores, tesauros, y motores y
herramientas avanzadas de búsqueda, son ya, inexcusables, en un texto de
consulta, y de continua y amplia utilización generalizada.
Directrices de técnica Normativa. Calidad y
Eficiencia de la Norma.
La
extensión de la regulación general, se queda minúscula cuando consideramos el
conjunto de los antecedentes y las regulaciones pormenorizadas a las que dan
lugar los desarrollos de los Planes y sus modificaciones, en un territorio de
la extensión de Madrid.
Los beneficios de la calidad y
eficiencia de la norma, vienen impulsando la promulgación de “Directrices de
Técnica Normativa”, de composición, forma y estructura de la norma, con
manifiestos resultados positivos, plenamente aplicables a la elaboración de
regulaciones pormenorizadas, Directrices que la regulación general habría de
incorporar, para asegurar un sistema integrado
promoviendo su calidad.
Léxico y Glosarios
Los catálogos de términos que fijan las
acepciones técnicas utilizadas en la regulación, se encuentra hoy incorporados
al articulado de preceptos y confundido con estos.
Siendo los glosarios elementos primarios
e instrumentales, preparatorios de las efectivas
regulaciones, la tendencia, hoy mas generalizada, en las codificaciones
técnicas, es la de separarlos, sin pérdida de su condición de regulación, como
apéndices, diferenciados de los contenidos propiamente reguladores.
El alcance de la reordenación de
articulado y contenidos, que se propone, es tal, que hace también oportuno,
llevar a efecto esta diferenciación, que facilita, además, la constancia,
mantenimiento y aplicación, del léxico en la pormenorización y desarrollo.
La unidad de léxico y constancia
terminológica de la ordenación general con sus desarrollos y pormenorizaciones
debe quedar garantizada mediante la prohibición expresa de utilización de
términos o acepciones distintos o con distinto significado al establecido.
La “Obligación” de los instrumentos de pormenorización
y desarrollo, de glosar todos los términos, expresiones y acepciones mediante
los que se expresen las regulaciones que adopten, no contenidos en el RAE, ni
en las normas generales, habría de hacerse estructurante.
Registro/Inventario de Ordenanzas. Art 66 9/2001
La desagregación y disgregación que se
anuncian, hacen aún más perentoria la necesaria constitución de un registro
digital e inventario formal, permanente y reglado, con acceso telemático, como
herramienta de certeza, consulta y acceso, con identificación, al menos, de las
que contengan prescripciones para los instrumentos de desarrollo y
autorizaciones de edificación, o utilización del suelo.
Exigencia de Textos Refundidos. Art 67.3 9/2001
Debería hacerse efectiva mediante regulación positiva.Base de Datos de Regulaciones Urbanísticas Municipales
Aspiración de mínimos en sociedad de la
información avanzada 1º ¼ siglo XXI. Sin llegar aquí a detallar, las pérdidas
de sistematicidad ya manifestadas, o los ejemplos de las faltas de constancia, o
continuidad, articuladoras y terminológicas, las carencias de actualización o
las completamente innecesarias, incluso equivocas, alteraciones y novaciones
léxicas, e incluso de contradictoria o ambiguadora aplicación, que ya aparecen
en el breve texto del Avance, baste con sugerir la importancia de dotarse de
instrumentos de naturalezas análogas a las funciones de las comisiones de
interpretación, de actuación preventiva y chequeo de calidad del proyecto que
se elabore, y actividad participativa previa a su inicial aprobación.
Sugerencias al AVANCE RPG97
Elevar la disponibilidad, accesibilidad,
seguridad, estabilidad y congruencia de los textos, y Limitar las
incertidumbres e inversiones de tiempo requeridas para acceder, conocer e
interpretar lo regulado.
Entre el avance de regulaciones, ahora en información
pública, y la elaboración del texto que se proyecte someter a aprobación
inicial del municipio, sugerimos que se interpongan, procesos más intensos de
participación pública técnica especializada con los agentes mas
profesionalizados en la aplicación y control de las materias por regular, que
permitan exponer anticipadamente la novedad, testando y contrastando, de modo
efectivo, las mejoras y cualidades a
incorporar a la norma, y en dialogo con su redactores, depurar sus eventuales,
incidentales, o posibles ambigüedades, desajustes, dudas o lagunas
interpretativas, que su novedad pudiera suscitar.
Serafín Sardina Vázquez. Arquitecto COAM
7538
Febrero 2014
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