“Espacio público exterior” en lugar de “espacio verde”
La
tradicional vinculación entre espacio público y espacio verde está intensamente
arraigada en la sociedad y las normativas, dando lugar a situaciones un tanto
forzadas donde grandes parques públicos ubicados en lugares tradicionalmente no
arbolados generan un gran consumo de agua y otros recursos para mantener un
aspecto “verde” poco adecuado y poco ecológico.
Propongo
que para evitar esto, se determinen lo que actualmente se denominan “espacios
verdes” como “espacios públicos exteriores” donde sea posible la implantación
de vegetación autóctona, aunque no sea excesivamente frondosa ni cubra el suelo
de color verde, así como otras instalaciones de uso público, de poco consumo,
bajo mantenimiento e interés general.
Se debería
regular claramente las tipologías de pavimentos de suelos públicos con el fin
de controlar su efecto “isla de calor” por el grave deterioro de las condiciones
térmicas de su entorno, así como superficies mínimas de sombreamiento, de láminas
de agua, vegetación autóctona, zonas de descanso, etc.
Conexión de espacios públicos
Establecer
los espacios públicos con relación entre ellos mediante otros espacios de transición
(vías) que mantengan el mismo espíritu de sus nodos.
La
definición de “Corredores paisajísticos” contemplada en el borrador se refiere
a los que discurren en los límites de los espacios existentes, y no valoran la
conexión entre estos. (3.3, B.5 en pag 86)
Indicadores medioambientales
Además de
los habituales y controvertidos medidores medioambientales existentes, el plan
general debería obligar a los nuevos edificios, a los edificios públicos
existentes y a aquellos en los que se acometa una rehabilitación importante, a
la implantación de un sistema de medición (en cubierta, en fachadas, y en
patios de manzana de gran tamaño) para poder aumentar la cantidad de datos y
con ello la fiabilidad de los indicadores globales de la ciudad.
Protecciones solares
Eximir de
las limitaciones de longitudes y superficies mínimas los elementos de la
envolvente de un edificio claramente encaminadas a proteger esta de la acción térmica
solar, en fachadas, patios y cubiertas.
Cubiertas
Eximir del
cómputo de superficie edificable aquellas cubiertas planas con uso destinado a
servicios de interés general: lavandería, gimnasio, comedor, zona de juegos,
huertos ecológicos, recogida de aguas pluviales, etc.
Unidad residencial mínima (URM)
El borrador
de PG establece una unidad mínima unipersonal de 18m² y hasta un 20% de
estancias comunitarias en el edificio.
Considero
que esta debería establecerse en un mínimo de 25m², un mínimo de 20% de
estancias comunitarias especificando su uso claramente y sin contar núcleos de
comunicación, instalaciones ni servicios obligatorios, y que esta superficie se
establezca en un mínimo de 50m² útiles por cada 10 URM o 250m² edificables.
Vivienda no habitable
Sugiero se
corrija esta indeterminación y se definan como “espacios no habitable”,
reservando la palabra “vivienda” para aquel espacio que reúna las condiciones
de habitabilidad mínimas.
Zonas de Teletrabajo como superficies no computables
Valorar la
posibilidad de establecer zonas de teletrabajo en edificios comunitarios que no
computen en edificabilidad, como incentivo a evitar los desplazamientos diarios
al lugar de trabajo.
Aparcamientos privados en edificios públicos
El nuevo
plan general podría contemplar la total eliminación de la obligatoriedad de
plazas de aparcamiento para edificios públicos de nueva planta, por su carácter
ejemplarizante, así como el paso de los existentes a uso privado para
incentivar a los trabajadores públicos al uso del transporte colectivo.
Ausencia de redes de datos como servicio público.
En la
Clasificación de las redes públicas, definidas según la Ley del Suelo de Comunidad
de Madrid, en el punto 3.3 Red de Infraestructuras y Servicios,
dentro de
la Red de Comunicaciones se indican las siguientes: Viarias, aeroportuarias,
ferroviarias, telefónicas. Deberían incluir (o sustituir a las telefónicas) las
redes de datos.
Esto es
extensible a las Red se Servicios (pag 48).
Aeropuerto como intercambiador
Se detecta
que en la definición de la Red de intercambiadores, no se considera ni se
identifica como tal al aeropuerto de Madrid, que forma parte del ámbito del
PGOUM y constituye un intercambiador clave en las comunicaciones de la ciudad
de Madrid hacia el exterior y como origen de transportes interiores.
Madrid
2012.10.07
Javier
Alonso Madrid
Arquitecto
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